Si tienes el carnet de coche, estás de enhorabuena, ya que además de turismos puedes conducir vehículos cuya masa máxima autorizada no exceda de los 3500 kg y estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. También podrás llevar un remolque ligero que no exceda de 750 kg.
Las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor y con una antigüedad superior a tres años podrán conducir dentro del territorio nacional motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1, es decir, ciclomotores, scooters y motocicletas con una cilindrada de hasta 125 cc.